viernes, 30 de marzo de 2018

DEMANDA MARÍTIMA EN LA HAYA


COMPROMISOS INESCAPABLES. BASES JURÍDICAS COMPLEMENTARIAS. LA OEA Y SU TRASCENDENCIA. DESMONTANDO TRES FALACIAS DE CHILE.
 
 BASES ARGUMENTALES BOLIVIANAS EXPUESTAS EN LA RÉPLICA
 1.- Solidez de compromisos de Chile y su carácter solemne los hace jurídicamente inextinguibles.
 2. Elementos complementarios: acuerdos tácitos, aquiescencia, estoppel.
 3. Trascendencia de las resoluciones multilaterales: OEA, aceptación de Chile por pasiva, aceptación de Chile por activa de su carácter imperativo.
 4. Evidencia de las 3 falacias de Chile: 
 a) Que Bolivia no sostuvo su voluntad negociadora en el tiempo. 
 b) Que los compromisos diferentes de Chile fueron independientes y sin continuidad entre si 
 c) Que quien frustró un acuerdo fue Bolivia a partir de la negociación de Charaña
 
 I.- ANTONIO REMIRO BROTTOMS. COMPROMISOS DE CHILE Y SU TRASCENDENCIA
 Promesas de Chile desde 1919
 1. Propuesta espontanea ofreciendo abrir negociación de puerto soberano sobre base de Referendo sobre Tacna y Arica
 2. Negociaciones de 1920
 3. Oferta de 1923
 4. Memorándum “Matte” de 1926
 Son compromisos inequívocos
 Tratado de 1928 con clausula secreta forzando entendimiento con Perú en caso de que cualquiera quiera ceder territorio a un tercero Bolivia reconoce que existía y existe tema pendiente no resuelto entre Bolivia y Chile, razón única de dicha clausula
 Dos “Hitos fundamentales” de esa secuencia son:
 1. Notas diplomáticas de 1950 (negociadas desde 1947)
 2. Charaña 1975.
 En ambos los contenidos de los documentos y compromisos expresados en ellos tuvieron el carácter de un Tratado con trascendencia En los términos hay una voluntad clara y transparente de otorgar acceso soberano al mar.
 Además existe:
 3. Oferta del Embajador Trucco 1961 respondida por Felmann Velarde que ratifica esa oferta unilateral y que Bolivia acepta considerarla.
 4. Enfoque Fresco de 1987 interrumpido por Chile
 5. Agenda de Algarve, Portugal (sin exclusiones) 2000
 6. La Agenda de los 13 puntos de 2006, en su punto 6.
 O sea existe la evidencia de compromisos y naturaleza formal y solemne de a) negociar con Bolivia y b) dar acceso soberano al mar.
 
 II. PAYAM AKHAVAN ELEMENTOS JURIDICOS COMPLEMENTARIOS
 ELEMENTOS SUBSIDIARIOS IMPORTANTES FUNDAMENTALES FORTALECEN EVIDENCIA INESCAPABLE DE LOS COMPROMISOS CHILENOS
 1. Acuerdos tácitos en la gran cantidad de encuentros entre autoridades de ambos países. (incluidos presidentes)
 2. Se tocó el tema Mediterraneidad boliviana 
 Considerados estrategia de Chile de ofrecerle a Bolivia acceso soberano durante más de un siglo es parte de su política exterior
 Cita discursos explícitos de compromiso Alessandri 1923; Gonzales Videla 1948; Augusto Pinochet 1976.
 PRINCIPIO DE AQUIESCENCIA: La nación concernida (Chile) no objeta la acción de la otra nación (Bolivia), ratifica una determinada condición.
 Ejemplo: Bolivia ratifica acuerdo Internacional de derecho al Mar. En 1984 dijo que “la mediterraneidad no era ni sería permanente y su reivindicación era inclaudicable”. 
 Chile no hizo objeción ni aclaración a la afirmación boliviana en un documento de importancia internacional. Su silencio se debe entender como aceptación del argumento boliviano.-
 Principio medular “ESTOPPEL: “Ningún Estado puede revocar de manera flagrante actos anteriores en los que comprometió su palabra”
 Los reiterados compromisos de Chile, la fe de su palabra de negociar con Bolivia para otorgarle acceso soberano al mar, no pueden ser revocados con la afirmación de los gobernantes actuales circunstanciales de Chile de que no hay compromisos pendientes con Bolivia y, que Chile no está dispuesta a negociar soberanía territorial con Bolivia.
 
 III. AMY SANDERS EL ROL CRUCIAL DEL MULTILATERALISMO EN EL CASO
 Bolivia ha insistido e incidido en la importancia trascendental del escenario multilateral.
 LOWE incidió en la Carta de Naciones Unidas y el imperativo de búsqueda d soluciones pacíficas y negociadas de las controversias.
 SANDER en 1º día se detuvo largamente en las resoluciones de l OEA, el organismo más importante del Hemisferio Occidental con 35 naciones.
 La Carta tiene el mismo carácter constitutivo el mismo espíritu de la ONU
 Hay 11 resoluciones de su Asamblea general para resolver la mediterraneidad boliviana.
 La de 1979 la solución de la mediterraneidad es una cuestión de interés hemisférico vinculado con la paz regional.
 Chile se opuso a 8 pero suscribió 3.
 Chile trabajó palabra a palabra, frase a frase, el contenido de la RESOLUCIÓN DE 1983 bajo iniciativa de Colombia, debía culminar con una negociación bilateral, frustrada por Chile en 1985.
 La negativa de Chile de apoyar a los 8 documentos no estaba referida al tema de fondo sino a la competencia de la OEA.
 Chile, en todos esos casos, reivindicó su voluntad de resolver el problema de modo bilateral negociado con Bolivia ratificando el reconocimiento de sus reiterados compromisos anteriores.
 El multilateralismo impone obligaciones de una fuerza grande se suman a las ofertas directas hechas por Chile desde 1920
 
 IV. MATIAS PORTEAU. DESMONTANDO FALACIAS.
 Referidas a la dúplica de Chile estableció 3 cuestiones fundamentales.
 1º. “Bolivia no sostuvo en el tiempo la idea de una negociación con Chile y durante largos períodos no se pronunció. Entendiéndose que había desistido de sus objetivos”
 Al margen de las excepciones circunstancias evidentes como la Guerra del Chaco y la II Guerra Mundial, B sí mantuvo una línea sostenida de demanda de acceso soberano desde 1910 adelante, sin interrupciones, a través de propuestas de negociación y apertura de conversaciones que derivaron en compromisos formales de Chile que se iniciaron en 1920, también en los interregnos de los docum3ntos, mantuvo siempre viva su posición en todos los escenarios posibles:
 • Representación en Washington ante la negociación bilateral de Chile y Perú. 1929
 • La intensa tarea de Alberto Ostria Gutiérrez. 1947-1951
 • Intercambio epistolar vía memorándums de 1961-1963
 • Ininterrumpida presentación del caso en foros internacionales: OEA, ONU y Cumbre de las Américas.
 La segunda, “Que las ofertas de Chile fueron independientes entre si y no pueden entenderse como políticas de Estado”.
 Las negociaciones de 1950, 1975, 1987 bastan para demostrar tal afirmación.
 En todos los casos, los representantes de ambas naciones hacen referencias explicitas y subrayadas en los documentos sobre los antecedentes precedentes como bases sobre la que se incoaron los compromisos formales de Chile.
 No hay documento en que Chile y Bolivia no hagan mención del camino avanzado antes de cada nuevo proceso.
 3º. “Que la ruptura de relaciones diplomáticas de 1978, hito , marcó el final de los compromisos de Chile y la posibilidad de exigir cumplimiento de parte de Bolivia”.
 O sea: la negociación no se frustró por la cuestión de intercambio territorial. Bolivia aceptó globalmente la propuesta chilena y nunca rechazó la discusión de este punto. Charaña le cortó a Chile, al declinar la contrapropuesta del Perú a la consulta chilena (en virtud del tratado de 1929) imposibilitaba continuar la negociación bilateral. A pesar de ello, embajadores y presidentes intentaron reencaminar sin éxito el proceso frustrado por Chile.
 La ruptura de relaciones era expresión y denuncia de Bolivia del incumplimiento de Chile a su compromiso. Si esto no hubiera sido verdad Chile no hubiera aceptado la negociación del Enfoque Fresco en 1987, ni se hubiese avenido a las agendas de Algarve 2000, ni a la Agenda de los 13 puntos de 2006.
 
 Así Bolivia redondeó un alegato oral impecable, desarrollando su Memoria y su Réplica. La profundizó con elementos ampliatorios referidos a la OEA que subrayan la fuerza de su Demanda, basada en la obligación de Chile de cumplir sus reiterados compromisos de otorgarle a Bolivia un acceso soberano al mar después y al margen del Tratado de 1904.
 Confirma el fallo de la CIJ de 2015 que desmiente que l Tratado de 1904 haya sido el alfa y el omega de la relación binacional sobre el tema y menos aún, que haya resuelto todos los problemas pendientes entre ambas naciones. 
 Es el resumen sintético pero valioso que envía el Vocero de la demanda boliviana, ex Presidente de Bolivia, historiador y legítima voz nacional, don Carlos D. Mesa G
 
 COMENTARIO. En el cuarto día de alegatos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Chile rechaza toda postura de diálogo con Bolivia, situación que más bien afianza la postura de Bolivia. Exceso de soberbia y estrategias erróneas confunden la argumentación de Chile en la Haya. Chile minimizó a la OEA y culpa a Bolivia de los fracasos en las negociaciones; sus juristas afirman y amenazan que un fallo contrario a sus intereses tendrá un efecto nocivo en la diplomacia mundial.
CHILE ARGUMENTA:
 “Que Chile no tiene obligación de negociar” “Que el tribunal rechace la petición boliviana Que solo existió voluntad de diálogo pero no voluntad política” “Que Bolivia nunca sostuvo que Chile estaba obligada a negociar y que las resoluciones de la OEA tampoco pudieron obligar al dialogo con sus exhortaciones” “Que los intercambios de notas entre ambos países no tuvieron el carácter de Tratado, que no hicieron una conferencia entre los jefes de Estado. Que entre 1975 y 1978 sí hubo negociación pero fracasó porque Bolivia rechazó continuarla por el punto de intercambio d territorial” “Que Chile se negó a gestionar la propuesta del Perú (Corredor sujeto a triple soberanía entre los tres Estados)” “Que las resoluciones de la OEA no crean obligación menos vinculante” “Que Chile nunca quebrantó una resolución de este tipo” “Que Chile ha dicho que muy claramente que no transferirá soberanía ni que tiene obligación que perdure desde el pasado”. “Que Chile aceptó negociaciones sin soberanía durante años” “Que la Agenda de los 13 puntos acordada el 2007 no manifiesta la intención de soberanía ni obligación jurídica” “Que el 2011 Bolivia cambió debido a su nueva CPE que busca transferencia de soberanía” “Que Chile nunca se obligó a vincularse jurídicamente para seguir negociando””Que la transformación constante de Bolivia muestra que no es capaz de identificar una base jurídica clara para la supuesta obligación de Chile a negociar” “Bolivia se basa en una teoría sin arraigo en el derecho” aunque admitió que las palabras en diplomacia sí tienen importancia” Bolivia no ha mostrado el menor documento que genere obligación jurídica para negociar” Un fallo contrario a Chile sería nocivo a la diplomacia transformaría aspectos diplomáticos en vinculantes y sería una OFENSA A LAS RELACIONES ENTRE ESTADO”
 Como Senador de la República de Bolivia, estuve presente en la Agenda de los 13 puntos y en cuyo 6º punto estaba “Mar para Bolivia”, sí, el tema de fondo era Mar con Soberanía. De ello son testigos los Senadores de ese período en diálogo repetido en La Paz y Santiago en tres ocasiones.
 Falta la dúplica para reforzar ponencias y luego la espera del fallo de la Corte La decisión de dar una salida al mar depende de Chile. Si fallo es favorable Chile debe sentarse a dialogar con Bolivia de buena fe, pero sus representantes ya afirmaron que su propia CPE les prohíbe otorgar esa salida al mar y porque es una política de Estado de su clase política. Similar posición tiene Bolivia pero en contrario.
 Chile, contra el derecho internacional del siglo XXI, niega a otras fuentes del derecho Internacional ya establecidas desde 1945; relativas a actos unilaterales, negociaciones y resoluciones de los Estados como instituciones reconocidas por la OEA-ONU, uno de cuyos órganos es la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
 Gastón Cornejo Bascope´. Antonio Dubravcic Luksic
 Cochabamba. Sucre

 LUNES 26 DE MARZO. - DÚPLICA DE BOLIVIA EN LA HAYA CIJ
 Enviado por el Vocero ex Presidente D. Carlos Mesa G.

 LA BASE ARGUMENTAL BOLIVIANA

 Era tarea de Bolivia en su alegato final no sólo redondear la base de su argumentación, sino rebatir el alegato de Chile y sus fundamentos. Estas fueron esas bases:
 1.- No hay un “eslabón perdido” que demuestra el compromiso de Chile, hay una continuidad consistente en el tiempo, tanto en el ámbito bilateral como en el multilateral.
 2.- Los compromisos de Chile han pasado por todo el abanico, la promesa verbal, las intenciones expresadas por escrito y los documentos que reflejan una negociación que tiene el valor de un acuerdo
 3.- Las resoluciones de la OEA no pueden considerarse como documentos vacíos, marcan una expresión hemisférica con un objetivo. La vinculación con sus resoluciones la ratifica la redacción común (de Chile y Bolivia) y el consenso (con el voto positivo de Chile) de tales instrumentos jurídicos.
 4.- El derecho internacional es el único camino para la solución de diferendos bilaterales. ¿El sentido de la Carta de la ONU es una mera declaración? ¿Debemos obviar su lectura o, peor aún, echarla a la basura? El alegato de Bolivia se apoya en principios de derecho basados en una negociación bilateral y en principios universales.
 5.- La CIJ debe fallar en derecho, sin duda, pero es la solidez de los argumentos de Bolivia la que establece la combinación de argumentos jurídicos que conducen a administrar un fallo en justicia.
PAYAM AKHAVAN
 Hay una secuencia de acuerdos de la mayor trascendencia por sus contenidos, especialmente los de 1926, 1950 y 1975, igual de trascendentes que los llevados adelante por las resoluciones de la OEA. La pretensión de Chile de fijar el momento “mágico” en el que surge su obligación de negociar con Bolivia no existe, lo que existe es una coherente sucesión de compromisos que fueron parte de una estrategia fundamental de Chile, que las propias autoridades de ese país definieron en uno de sus documentos como la “política tradicional” de Chile sobre este tema específico. Esa política comenzó en la propia guerra en 1879, continuó con el pacto de Tregua de 1884, el Tratado de 1895 y el propio Tratado de 1904.
Tanto en 1910 como en 1919 (Bello Codesido), Chile afirmó que haría todos los esfuerzos para darle a Bolivia un acceso soberano al mar. Lejos de la idea de compromisos puramente retóricos de “buena voluntad política”.
 En 1926 afirmó que “honraría sus compromisos” (continuidad). 50 años después de la invasión de 1879, en 1929, la cláusula secreta del Tratado entre Chile y Perú ratificó el expreso deseo de Chile de negociar un acceso soberano para Bolivia, por eso se incluyó el mandato de la consulta mutua a un tercero, que hubiese sido innecesario en caso de no existir tal voluntad. Por su parte, Bolivia no dejó nunca de pedir siempre ese acceso soberano, el pedido de cumplir una obligación, no el de recibir una graciosa concesión. La diplomacia se basa en tres criterios: flexibilidad, predictibilidad y confianza, no es una sucesión de encuentros informales que no generan otra cosa que sonrisas y palabras huecas.
ANTONIO REMIRO BROTTOMS
 
Ni Dios ni la corona española le dieron a Chile la costa norte de su territorio”, dijo el letrado.
 Los procesos de 1950 y 1975 tienen, por todas sus características: intercambio de notas, correspondencia y memorándums, el carácter formal de un acuerdo, son, de manera inequívoca fuentes jurídicas que generan una obligación vinculante de cumplimiento obligatorio.
 Remiro recordó que Chile alegó que los acuerdos de 1952 en la controversia entre ese país y el Perú, debían ser considerado como un Tratado, argumentando exactamente lo contrario de lo que ahora defienden sus abogados en su alegato contra Bolivia.

Queda claro que las obligaciones tienen una relación directa con la actitud de las partes, es decir con la voluntad intrínseca de estas en el momento de llevar adelante una negociación, cuya forma y fondo deben basarse en la buena fe.
 No tiene ningún sentido pretender que el único lenguaje aceptable para reconocer una obligación es el expreso y directo, cuando es una práctica universal el lenguaje diplomático y sus usos. A pesar de ello, como se prueba en las notas diplomáticas de 1950, no hay posibilidad alguna de caer en error viendo los documentos de Bolivia y de Chile, en los que se establece meridianamente la voluntad de Chile de negociar para otorgarle a Bolivia un acceso al mar sin compensaciones de carácter territorial.
 Tampoco tiene asidero la idea de que cada negociación fue independiente y separada entre sí. La propia negociación de 1950 fue preparada y trabajada arduamente desde 1947 hasta 1950. Las declaraciones de política interna del canciller de Chile expresan una idea fundamental (13.9.1950) cuando Walker L. afirmó que era su intención cumplir lo que “hemos comprometido (los chilenos) de forma reiterada”. Referencia que obviamente se remonta a los años veinte del siglo pasado.
 El jurista español Remiro Brotons, miembro del equipo de abogados internacional de Bolivia en el marco de la demanda marítima contra Chile ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya, señaló que ni Dios ni la Corona española dieron a Chile el mar boliviano, sino que lo obtuvo por la fuerza.
 "Ni Dios, ni la Corona Española, le otorgaron el Litoral boliviano a Chile, desde Punta Arenas hasta Arica. La fuerza le otorgó ese acceso, violando un tratado vigente", señaló Brotons, este lunes durante la segunda ronda de alegatos orales de Bolivia, en el marco de la demanda marítima que el país encara en busca de negociar con Chile acceso soberano al mar.
 Asimismo agregó que "Bolivia no es un vecino pobre que acose sin cesar a su vecino rico (...) Bolivia es un vecino digno, querido y despojado por una fatalidad histórica", recordando la invasión de tropas chilenas a territorio Boliviano en 1879.
 Brotons destacó que Chile tiene muchas virtudes como país, "por lo tanto ahora es el momento idóneo para que Chile actúe coherente con sus virtudes y se presente a la altura de sus compromisos", en ese sentido invitó a que el país vecino cumpla con las promesas unilaterales realizadas en diferentes momentos de la historia, con el objeto de dar a Bolivia acceso soberano al mar, generando obligaciones jurídicas.
 Al respecto, lamentó que de acuerdo a las declaraciones de autoridades chilenas, se podría concluir en que el país vecino asume las obligaciones jurídicas como una camisa de fuerza y no como un lenguaje expreso del derecho internacional. "Chile ha mantenido una práctica muy distante del derecho internacional" y repitió que un país que da su palabra, debe cumplirla.
 "Para Chile no hay lenguaje que pueda implicar una obligación jurídica a menos que sea un lenguaje expreso y directo, parece que para Chile, aceptar una obligación jurídica es ponerse una camisa de fuerza", dijo.
 "Bolivia entiende que el lenguaje diplomático es perfectamente compatible con la creación de derechos y obligaciones. El lenguaje diplomático y el lenguaje jurídico no se dan la espalda" señaló Brotons, explicando que el principio de buena fe marca el lenguaje diplomático con su sello.
 Entre dichas promesas el jurista español destacó dos en particular, la realizada por el expresidente chileno, González Videla, quien declaró a Bolivia que lo acordado verbalmente esta como escrito, "es un ejemplo autentico de compromiso verbal".
 Y también remarcó la declaración de Charaña, de la cual aseguró que "tiene el valor jurídico" similar al de de un tratado, "el lenguaje diplomático no puede ocultar sus efectos", manifestó.
 Sobre esas notas, enfatizó en que el sentido común muestra que el objeto de la negociación directa, en ambos casos, fue la de un acceso soberano de Bolivia al océano Pacífico. "Parece temerario negar los efectos de esas promesas y canje de notas", comentó.
 Ya en la parte final de su exposición, el abogado propuso a la CIJ generar el escenario de una negociación para que Bolivia obtenga resultados de una demanda centenaria de obtener salida soberana a las costas del Pacífico, tras 139 años de enclaustramiento.
 "Tengo el honor de proponer a su excelencia que los gobiernos de Bolivia y Chile formalmente entren a una negociación directa para satisfacer la necesidad fundamental de Bolivia de obtener su propio y soberano acceso al Océano Pacífico", demandó. "No podemos decir a una nación hermana que no estamos dispuestos a cumplir lo prometido (...)". "De acuerdo al derecho internacional Bolivia tiene un derecho adquirido a que Chile negocie una acceso soberano al mar", concluyó.

AMY SANDERS
 
No tiene fundamento alguno afirmar que los documentos de la OEA carecen de todo peso jurídico. Una resolución trabajada y votada por la Asamblea tiene un valor objetivo que no se puede desconocer. Chile pretende negar el valor del mandato de la buena fe, implícito en una resolución. Lo que se apoya en el artículo 24 de la organización.
 Decir que no hay ninguna referencia a la palabra disputa, es olvidar el concepto exactamente equivalente de “tema pendiente” que aparece en las resoluciones.
De igual modo, Chile no puede aducir que si un país concernido no participa de la redacción del texto no puede ser forzado a aceptar su contenido, pues en la Resolución 686 de 1983, participó directamente en la redacción conjunta de su contenido junto a Bolivia, con los buenos oficios de Colombia.
 Por si esto fuera poco, el Secretario Gral. de la OEA el chileno José Miguel Insulza, afirmó en 2010 y 2011 que la mediterraneidad de Bolivia es un tema que debe resolverse.

 SANDER LE RECUERDA A INSULZA QUE ÉL APOYÓ LA DEMANDA MARÍTIMA
 Amy Sander no se anduvo con vueltas y apuntó al ex secretario de la OEA, el chileno José Miguel Insulza, que respaldó la demanda durante su gestión.
 Hoy Insulza es miembro del equipo trasandino en La Haya. Bolivia recordó que el ex secretario de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, apoyó la demanda marítima y prometió auspiciar un acercamiento para una negociación que ponga fin al enclaustramiento de Bolivia.
 En la segunda ronda de los alegatos orales que se inició con la participación de Bolivia, la abogada del equipo internacional, Amy Sander, destacó todas las veces que el tema del diferendo marítimo entre Bolivia y Chile estuvo en agenda de la OEA y puso acento a las 11 resoluciones adoptadas por ese organismo multilateral y las veces que Chile respaldo tales resoluciones.
 Desvirtuó la tesis chilena que asegura que durante muchos años Bolivia abandonó su demanda y recordó que la OEA resolvió colocar en su agenda permanente la demanda marítima boliviana.
 Para mayor evidencia, citó declaraciones que el entonces secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, ex canciller chileno y ahora miembro del equipo de su país ante La Haya, realizó en 2006 admitiendo que "el tema de acceso soberano al mar era un tema hemisférico".
 La jurista puso ante la Corte Internacional de Justicia las palabras textuales de Insulza que declaró que "la OEA considera desde hace tiempo a este tema como de interés de todo el continente".
 Añadió que el 2010 se refirió por segunda vez de manera expresa que el tema de acceso de Bolivia al mar tenía que ser resuelto.
MATÍAS FORTEAU
 Bolivia se ha referido en este proceso y de manera expresa a los sucesivos y encadenado compromisos históricos que emanaron desde el propio momento en que Chile se apropió del Litoral boliviano en 1879 (esa fue la ya citada “política Boliviana” de los presidentes Prieto y Santamaría). Desde antes del Pacto de Tregua de 1884, Chile afirmó que estaba dispuesto a negociar y satisfacer el pedido de Bolivia de contar con un puerto soberano sobre el Pacífico.
 La cadena ininterrumpida de compromisos estuvo siempre estrecha e intimamente unida por la continuidad explícita o implícita de referencias a los antecedentes, al contrario de lo que afirmó Chile en su alegato.
Así, en 1950 expresó lo negociado en 1895, 1920, 1923 y 1926 y, por supuesto, en 1975 tomó la referencia de forma y fondo de las notas diplomáticas de 1950. Es más, el Tratado de 1904 no rompió la línea de continuidad de la política de compromisos chilenos iniciada antes, desde 1879 y después, desde 1919. La afirmación de que Bolivia rompió la negociación de Charaña no se sostiene. El fracaso, como ya se dijo en el primer alegato, tuvo que ver con la negativa de Chile de considerar la contrapropuesta peruana de noviembre de 1976, pero además, entre septiembre y diciembre de 1977, Perú expresó claramente que su contrapropuesta estaba abierta a modificaciones y no era la última palabra. Banzer reprochó a Chile su negativa de hacer esa consideración sobre el documento peruano. La ruptura de relaciones fue el resultado de la negativa chilena de cambiar su posición con respecto a ese tema.
 Desde que en 1987 Chile giró su posición, que debe ser sometida a la figura jurídica del estoppel, no es verdad que Bolivia dejara de lado su recordación de los compromisos chilenos y demanda de un acceso soberano al mar. Lo prueban las declaraciones del país en la OEA en la primera mitad de los años noventa, en 2003 y en 2004, en todos estos casos mencionando los antecedentes históricos ya referidos. No hay posibilidad de interpretar las agendas de Algarve y de los 13 puntos como no referidas expresamente a la cuestión de la mediterraneidad boliviana, como se desprende de sus propios textos y de las declaraciones posteriores de autoridades de ambos países que precisaron el sentido de “cuestión marítima”.
VAUGHAN LOWE
 No se puede seguir insistiendo en que el libre acceso resuelve o es equivalente a un acceso soberano. La forma del acceso hace la diferencia, en costos, en libertad de toma de decisiones, en administración directa y en una estrategia marítima del país, independiente y soberana.
 Es importante subrayar que la cuestión de la soberanía está abierta a modalidades concretas y amplias que deberán resolverse mediante una negociación, en la que Bolivia está abierta a soluciones nueva y pragmáticas de un acceso soberano.
Los documentos internacionales como la Carta de la ONU, probablemente pueden impulsar a Chile a cruzarse de brazos, pero los asuntos pendientes que atañen a la paz, la seguridad y la resolución de diferencias, tienen al derecho internacional como único camino. Esa es una obligación de los Estados miembros.
El ya citado art. 2.3 de la ONU y la resolución 40/9 de 1985, establecen el imperativo de una solución pacifica y una solución política a las controversias bilaterales. ¿Son las únicas opciones no abrir el texto de la Carta o, peor, tirar el texto a la basura? Esa parece ser la base de razonamiento de un país que afirma que tales documentos sólo tienen un carácter indicativo y que, a la vez, se jacta de ser respetuoso del derecho y las instituciones internacionales.

MONIQUE CHEMILLIER
Chile pretende que su única y plena satisfacción es el Tratado de  1904 y se ancla erradamente en este documento, pero la realidad de la historia se impone. Las obligaciones jurídicas de ese país emanan de su propia y voluntaria decisión de negociar más allá del tratado que hoy invoca como único referente.
La CIJ debe afinar su jurisprudencia. Una negociación debe, sin duda, estar sometida al derecho. En este punto se genera una obligación por los medios (la negociación), pero de igual modo y tan importante como lo primero, es una obligación generada por los resultados (el fin último, otorgarle a Bolivia un acceso soberano al mar).
No tiene sentido suponer que de lo que se trata es de una negociación abstracta y general. Hay un objetivo específico que le da sentido y dirección a toda esta historia: el medio para lograr un fin son partes de un todo inseparable. Por tanto, se trata de una negociación condicionada que le da un marco específico a esta. Esto obliga a las partes a una lealtad con lo negociado y también con los compromisos adquiridos en el tiempo como producto de esas negociaciones. 
Chile hasta ahora ha roto el pacto de confianza que determinaron sus propios compromisos anteriores.


A la idea de Paz y Seguridad hay que añadirle la de la Justicia. Bolivia es víctima de una injusticia y Chile, porque lo sabe, ofreció reiteradamente repararla. Por eso es imprescindible la negociación de un acceso soberano. Fallar en derecho, en este caso concreto, conduce a fallar en justicia. El nombre de este alto tribunal es Corte  Internacional de Justicia

JORGE QUIROGA, CARLOS ITURRALDE, EL AGENTE EDUARDO RODRÍGUEZ Y CARLOS D. MESA
 EDUARDO RODRÍGUEZ
el agente y SACHA LLORENTI el co-agente hicieron referencia a los efectos de la guerra, las ofertas de Chile para reparar sus consecuencias negativas y los inevitables daños económicos y comerciales que emergieron de la situación posbélica.
 El nexo histórico entre Bolivia y el mar es indisoluble desde nuestras primeras culturas hasta hoy, y está ligado a nuestra identidad colectiva. Bolivia busca en 2018 un nuevo espacio de acercamiento diplomático. 
El objetivo es hallar soluciones prácticas que generen un resultado de ventaja y satisfacción a los intereses de ambos Estados. Recordaron, finalmente, el pedido a la CIJ que por la obligación creada por el propio Chile, este país debe sentarse a negociar con Bolivia para otorgarle un acceso soberano al Pacífico, de buena fe, de modo razonable entre las partes y en un tiempo también razonable.

 COMENTARIO. Estos escritos son documentos históricos que servirán, sin duda alguna, a los pueblos de Bolivia y de Chile en su proceso de hermanamiento y fraternal abrazo. Lo verán mis hijos y mis nietos chilenos y bolivianos.
 Gastón Cornejo Bascopé